miércoles 24 de abril de 2024 - Edición Nº2345
Dar la palabra » Política » 25 abr 2022

La degradación política del Poder Judicial

PODCAST. Justicia Adicta. Capítulo 3: La violación más larga del mundo 1 (Por Gabriel Ramonet)

Los fundadores del Superior Tribunal de Justicia hicieron magia y encontraron la forma de hacerle decir al artículo, lo que claramente no dice. Interpretaron que ellos no eran funcionarios públicos, sino magistrados, una categoría distinta y por lo tanto ajena al límite constitucional.


Vamos a hablar hoy de la violación más larga del mundo. Empezó el 2 de agosto de 1993 y perdura hasta nuestros días. O sea que lleva 29 años interrumpidos.

El objeto de la vejación es el artículo 73 inciso 4 de la Constitución de Tierra del Fuego.

El artículo dice así:

“La remuneración por todo concepto que perciban los empleados y funcionarios públicos, tanto electos como designados, de cualquiera de los tres poderes provinciales, organismos y entes descentralizados, en ningún caso podrá superar a la del Gobernador de la Provincia”.

Antes de contarles cómo fue la primera vez que abusaron de este artículo, quisiera referirme a por qué fue redactado de esta manera.

Los referentes del Movimiento Popular Fueguino no podían creer haberse impuesto en la elección que eligió convencionales para redactar la Constitución de la provincia, en 1991. Estaban preparados para ser la oposición del Partido Justicialista.

Tanto les sorprendió el triunfo, que tampoco se imaginaron al frente del gobierno de la provincia recién creada, como ocurrió en 1992 con la victoria de José Estabillo, primer gobernador provincial.

Por eso los convencionales mopofistas redactaron un texto rebosante de controles, y de inéditos mecanismos de participación popular.

El tope salarial fue apenas otro detalle de la severa pluma mopofista. En este pueblo que acaba de renacer, basta de becar a los recién llegados, habrán pensado. Ninguno gana más que el gobernador, trabaje donde trabaje dentro del Estado. Lo votaron ellos solos, pensando que impondrían su cumplimiento mirando desde la silla de afuera. Y resulta que después ganaron la gobernación.

Ahora sí les cuento sobre la primera violación.

Era un 2 de agosto, como ya les dije, de 1993. Por primera vez se reunían en acuerdo los miembros del Superior Tribunal de Justicia. Eran los actos fundacionales de la flamante justicia fueguina, y aquella acordada fue inscripta y protocolizada con el número uno. Por eso se la recuerda como la Acordada 1/93, suscripta por los ex jueces Emilio Pedro Gnecco, Juan Pedro Cortelezzi y Omar Alberto Carranza.

Muy bien, qué dijeron en aquella famosa Acordada 1, los jueces del Superior Tribunal sobre el artículo que fijaba un tope a sus remuneraciones.

Dijeron que ellos no estaban alcanzados por el tope. ¿Por qué? Porque el artículo 73 se refiere a funcionarios, y ellos no eran funcionarios, sino magistrados. Entonces podían cobrar más que el gobernador.

Fíjense una cosa. Cuando redactaron el artículo 73, los constituyentes fueguinos escribieron que estaban alcanzados por el tope los “funcionarios de cualquiera de los tres poderes”, quizá intuyendo que a alguien se le podía ocurrir distinguirse como integrante de un poder diferente a los demás. “De cualquiera de los tres poderes”, afirma la Constitución. Y hay que inferir, entonces, que uno de los tres poderes es el Judicial.

Muy bien. Si el tope salarial constitucional abarca a los funcionarios “de cualquiera de los tres poderes”, ¿cómo escaparse de ese cerco?

Bueno, los fundadores del Superior Tribunal de Justicia hicieron magia y encontraron la forma de hacerle decir al artículo, lo que claramente no dice. Interpretaron que ellos no eran funcionarios públicos, sino magistrados, una categoría distinta y por lo tanto ajena al límite constitucional.

“Debe tenerse en consideración la condición de magistrados de los integrantes de este tribunal, razón por la cual no se encuentran alcanzados por la limitación que se integra en el artículo 73 de la Constitución”, escribieron los ex jueces Gnecco, Carranza y Cortelezzi en aquella famosa Acordada 1/93.

Como podrá notarse, tampoco hicieron un gran despliegue argumental. Son esos tres renglones sin otro desarrollo. No hay más. Con eso les pareció suficiente para cometer la primera gran violación a la Constitución.

La medida tiene un poder simbólico y premonitorio que asusta. Fue el primer ejercicio de poder del máximo tribunal de la provincia. Y sirvió para violar la Constitución que los jueces, se supone, deberían tener como principal objeto de defensa. También fue un anticipo. Antes de crear cualquier tipo de expectativa de transparencia e institucionalidad, el Poder Judicial dejó en claro, como ocurriría a lo largo de su historia, que los jueces venían a defenderse a sí mismos, antes que a cualquier ley, con independencia de su jerarquía.

Cuando ocurrió esta primera violación, el Movimiento Popular Fueguino que había redactado el artículo gobernaba la provincia. Ya no era oposición, y necesitaba llevarse bien con la Justicia.

¿Cómo hacían entonces para desdecirse de lo que habían escrito?

El Fiscal de Estado, Virgilio Martínez de Sucre, intervino en el debate en aquel momento y para intentar zanjar las diferencias sobre el artículo, pidió la opinión de los once convencionales del MPF que habían intervenido en el debate de la norma. El resultado de la compulsa fue increíble. Siete de los once dijeron que estaban de acuerdo con la distinción entre funcionarios y magistrados. O sea, se hicieron los boludos.

Y por qué se hicieron los boludos. Bueno, por ahí porque de los siete ex convencionales que opinaron a favor de distinguir entre jueces y funcionarios, al menos cinco eran funcionarios o estaban muy ligados a la gestión gubernamental, y por lo tanto tenían intereses creados en la relación del Gobierno con la Justicia.

Uno de los siete, nada menos que el ex vicegobernador Miguel Ángel Castro, explicó años después el sentido de aquella respuesta al Fiscal de Estado. Y ventiló pormenores acerca de lo que pensaban realmente los convencionales sobre el tope constitucional en el momento que lo votaron.

Y así quedó sellada aquella primera violación. El tope salarial era para todos, menos para los jueces, y con el aval del poder político que había redactado el tope.

Ahora bien, ¿Ustedes creen que el tema quedó así? ¿Qué fue solo una violación? No, después vinieron muchas más. Pero eso se los cuento en próximo podcast.

NEWSLETTER

Suscríbase a nuestro boletín de noticias

OPINIÓN