sábado 20 de abril de 2024 - Edición Nº2341
Dar la palabra » Medio Ambiente » 13 dic 2018

Debate sobre la ruta costera

Corredor del Beagle: Esperando la convocatoria a una audiencia pública válida (Por Marcelo Fabián Domato)

La Secretaría de Ambiente, Desarrollo Sostenible y Cambio Climático debería cumplir su tarea específica de exigir un estudio acorde a la complejidad y magnitud de la obra bajo análisis y convocar a la Audiencia Pública cuando la Evaluación de Impacto Ambiental sea lo suficientemente seria como para ser puesta a consideración de la ciudadanía.


¿Puede considerarse por cumplido el requisito legal de pedir opinión a la ciudadanía, cuando el análisis previo del proyecto del Corredor del Beagle ha sido insuficiente?¿Tiene acaso aval político el gobierno provincial para expedirse sobre la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) como si ese proyecto de evaluación bajo estudio hubiera sido serio?

¿Hubiera concurrido la ciudadanía en masa a apoyar o criticar el proyecto, si hubiera entendido que el análisis realizado era consistente?

Entiendo que la baja calidad de la Evaluación Ambiental fue determinante para la masiva participación de la gente.  Era tan burda la exclusión de las tareas más impactantes, que produjo indignación y fomentó un efecto contrario a la evaluación realizada para el proyecto.

Ahora, pensemos: ¿es culpa de los ciudadanos que el gobierno haya convocado a analizar una propuesta tan poco rigurosa? ¿Hubieran sido esos ciudadanos, arrastrados a la audiencia por su oposición sobre la obra, o por cuidar y conservar sectores prístinos de nuestra provincia, si la empresa hubiera mostrado valorar el espacio en el que debe realizar sus tareas?

¿Qué es lo que hace pensar a la empresa, que se le va a entregar un cheque en blanco, como para que vaya diseñando el camino a medida que la construcción avanza? Es decir: sin posibilidad de ser controlado (pues no existe documentación con la cual contrastar que lo que está ejecutando, sea acorde a lo proyectado).

Puede entenderse que el gobierno está pagando innecesariamente un alto costo político por haber apoyado algo mal ejecutado por un tercero. En ese caso hubiera sido mejor exigirle a la contratista que presentara una evaluación seria y que cumpliera con los plazos legales de presentación del proyecto ejecutivo, tal como se establece en las especificaciones del pliego licitatorio (entre 60 y 120 días corridos desde la adjudicación de la obra).  Plazos que, aun considerando que la veda los interrumpiese, ya estarían vencidos.

¿No será también responsable el gobierno de haber planteado un plazo de ejecución de las obras claramente inferior al plazo técnico de las mismas?

No se puede creer en el cumplimiento de lo que está escrito en la EIA porque ya han demostrado no cumplir determinadas pautas de la licitación, que ni la empresa pudo cumplir ni el gobierno exigió que se cumplan.

Restringiéndonos al tema de estas obras, ¿en qué otra instancia podrá el ciudadano ir a plantearle un pedido de rendición de cuentas al gobierno? Entiendo que eso es lo que justifica la masiva participación en la audiencia. La ciudadanía no confía en el poder de supervisión de la obra.

 

Razón de ser de la evaluación de impacto ambiental

 

Es habitual leer que las EIA son herramientas para la toma de decisiones, pero vamos a buscar un poco más al fondo, a fin de explicitar qué es lo que esto quiere decir.

Para poder realizar la evaluación de riesgos, es necesario describir muy bien cada tarea que hace falta llevar adelante a los efectos de poder considerar las distintas metodologías posibles, de eso que hay que hacer, y así poder decidir por la mejor de esas opciones.

Los mecanismos actuales de evaluación de las obras de magnitud incluyen la evaluación de impacto ambiental de todo el conjunto de la obra y -en determinadas condiciones- también incluye la realización de una Audiencia Pública.  Allí es donde la empresa encargada de llevar adelante el proyecto explicita que luego de evaluar las distintas alternativas posibles de ejecución de cada tarea riesgosa propone aplicar una metodología determinada, y la comunidad toma conciencia de los riesgos ambientales implícitos de esa tarea riesgosa o impactante y puede proponer algunas formas alternativas o convalidar la metodología propuesta.

Es decir, la comunidad toma conocimiento de qué va a hacer la empresa y cómo lo va a llevar adelante.   Allí asume conscientemente la magnitud de los impactos que tendrá la obra a ejecutar y convalida con su presencia la metodología a aplicar.

Los impactos actúan sobre el medio. Este medio tiene una parte física: conformada por el aire, el suelo, la flora, la fauna, el agua, etc, y también una parte social relacionada con bienes culturales, derecho al trabajo, al ocio, a la salud, oportunidades comerciales, etc.

Merece destacarse que los impactos pueden ser tanto positivos como negativos y eventualmente podrían ser neutros.

El resultado del acumulado de esos impactos va a ayudar a la autoridad de aplicación a decidir si aprueba el proyecto tal como fue propuesto, si le sugiere incluir modificaciones o si rechaza la implementación del proyecto.

A partir de ese momento, la empresa está en condiciones de llevar adelante los trabajos de la forma acordada, pues ya superó la etapa de selección propia del evaluador, se puso a consideración de la población y finalmente fue aprobada por la autoridad de aplicación.

Eso no hace que no haya impactos ambientales en las obras que se ejecuten; sólo nos permite asegurar que la forma en la que se llevan adelante es la mejor que encontramos para minimizar los riesgos e impactos ambientales asociados a la tarea que es necesario ejecutar.  Es encontrar la mejor manera de hacerlos.

 

Análisis de la audiencia pública

 

En la Audiencia Pública (AP) del día 11/12/18 se puso de manifiesto que el gobierno provincial confundió su objetivo: todas sus alocuciones fueron para sostener la decisión política de ejecutar la obra.

Fue casi unánime que no era eso lo que se ponía en discusión, pues ese es un resorte exclusivo de las autoridades políticas (convalidadas por el voto popular) que tomaron la decisión de su ejecución.

La consultora contratada por la empresa constructora explicó oralmente la Evaluación de los Impactos Ambientales de las obras (información que había sido publicada en la web por el Gobierno en dos etapas). 

Destaquemos que se hizo un único estudio de evaluación para los tres tramos porque todos fueron ganados por la misma empresa, pero podrían haber sido tres estudios distintos y podría haberse dado el caso en que se aprobaran "prácticas" o maneras distintas para cada tramo de llevar adelante las tareas similares, pues son obras y contratos distintos.

Quedó claramente expuesto que la evaluación llevada adelante por la consultora fue muy pobre, que no se hizo en base a un Proyecto Ejecutivo definido, que no describe correctamente los trabajos, no los dimensiona en su volumen y por lo tanto tampoco los considera en su real impacto. Tampoco fue satisfactoria la consideración del ambiente físico ni del entorno social.  De todo ello y, como no podía ser de otro modo, subestima los impactos y no propone metodologías específicas serias en su Plan de Gestión Ambiental.  Alguien resumió muy bien: el estudio "se queda en expresiones declamativas".

Como no se expusieron las metodologías seleccionadas y por ende no se pudieron evaluar las consecuencias de cada una, la sociedad reclamó reiteradamente durante la AP que se realizara un "presuntamente nuevo" estudio en el que explicitaran correctamente los riesgos e impactos, que se consideraran todos los impactos y que luego se convoque nuevamente a la comunidad a una AP.

Yo además reclamaría que antes de que sea convocada la AP, debe ser publicado un documento final que sea el resultado de un análisis previo llevado adelante por el Gobierno (autoridad de aplicación) que se hayan pedido las ampliaciones y profundizaciones necesarias a la consultora y que todas las respuestas y modificaciones sean incorporadas, compaginadas y condensadas en un documento único sin contradicciones entre sus distintos componentes.  La autoridad convocante, hace propio al proyecto con el que se convoca a la AP. 

La EIA es suscripta por la consultora ambiental y por la empresa contratista, pero es publicada por el Gobierno de la provincia.  No pueden desentenderse de su contenido.

En resumen, en la Audiencia Pública sólo se puso de manifiesto la improvisación con que la fue realizada la evaluación de impacto ambiental y la incapacidad del gobierno de hacer cumplir la obligación a la contratista de presentar un estudio serio y completo.  Demostró necesitar el apoyo de la ciudadanía para justificar el pedido de mejoras en la evaluación.

Debería haber cumplido esas funciones como parte de su mandato y recién haber convocado a la ciudadanía sólo cuando el planteo fuera lo suficientemente serio como para ser publicado, es decir, con un preacuerdo o conformidad de aquello que está llamando para que sea evaluado.  Se publicó la EIA tal como se la recibió y luego pidieron ampliaciones que -como también se dijo reiteradas veces- no fueron publicadas con la anticipación establecida en la normativa vigente.

Eso sí. Ha sido muy agradable verificar la calidad cívica de los participantes, con amplia tolerancia de las opiniones disidentes. Se respiraban aires que alentaban a la libertad de expresión y existió una alta capacidad de escucha activa.

La posición del gobierno quedó explicitada, no solo por los oradores de la parte inicial, sino que fue expresada por una variada gama de agentes, funcionarios, legisladores y hasta por el mismo vicegobernador, todos invocando hablar en nombre propio.

De todos modos, centraron sus esfuerzos en justificar la imperiosa necesidad del camino para llegar hasta Almanza y eventualmente alguno recordó decir algo para llegar hasta Moat, pero ya no tuvieron argumentos para avanzar con el tramo final hasta Cabo San Pío. Sorprendió la argumentación apoyando la ejecución de un camino porque estamos en un territorio único en el país, rodeado por mar, como si éste no constituyera también una vía de unión.

Hubo planteos geopolíticos y estratégicos que planteaban la ocupación efectiva del territorio pero nuevamente demostraban no comprender que la convocatoria era para analizar la manera en que la empresa proponía hacer la obra, y no si ésta debía ejecutarse o no.

En resumen, creo que la Secretaría de Ambiente, Desarrollo Sostenible y Cambio Climático debería cumplir su tarea específica de exigir un estudio acorde a la complejidad y magnitud de la obra bajo análisis y convocar a la Audiencia Pública cuando la EIA sea lo suficientemente seria como  para ser puesta a consideración de la ciudadanía.  En esta evaluación pública preliminar realizada, la ciudadanía a través de personas e instituciones, explicitó cuáles son los parámetros bajo los cuales debe moverse el estudio a ejecutar por la contratista, que deben ser respondidos y desarrollados en forma previa a la próxima convocatoria.  De allí surgirán las prácticas consideradas como más convenientes por la empresa, explicitando los riesgos inherentes a las tareas y las medidas de mitigación y/o protección propuestas.

Recién luego de ella, y de las modificaciones que en la Audiencia Pública pudieran proponerse, se tendrá el aval técnico y político para autorizar el inicio a las obras.

 

(*) Ingeniero Civil. Evaluador ambiental habilitado en Tierra del Fuego desde 1997. Participó en la obra de apertura de traza de 1.800 metros de la Ruta 30 (hasta Playa Larga), en la pavimentación de la Ruta Nacional 3 desde Ushuaia hasta Rancho Hambre, y estuvo a cargo de la optimización del proyecto y de la construcción de la obra del Paso Garibaldi.

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