sábado 27 de abril de 2024 - Edición Nº2348
Dar la palabra » Medio Ambiente » 21 nov 2018

Debate sobre el Corredor del Beagle

Ruta 30 y audiencia pública: ¿una sucesión de hechos desafortunados? (Por Adrián Schiavini)

El gobierno de Tierra del Fuego ha llamado a audiencia pública para tratar el “Proyecto de Corredor del Beagle” o ruta 30 y, en particular, para presentar lo que debería considerarse como “Evaluación de Impacto Ambiental” (EIA). Si bien aprobar la EIA cumpliría con el “trámite administrativo” requerido por la ley 55, esta EIA no considera los impactos y mitigaciones de la obra tanto sobre los componentes culturales como los emanados de las actividades mineras asociadas a la obra.


El gobierno de Tierra del Fuego ha llamado a audiencia pública para tratar el “Proyecto de Corredor del Beagle” o ruta 30 y, en particular, para presentar lo que debería considerarse como “Evaluación de Impacto Ambiental”, a fin de cumplir con las previsiones de la ley 55 de medio ambiente de nuestra provincia.

Si bien la audiencia pública no es vinculante, representa un instrumento de participación para la toma de decisiones acerca de intervenciones humanas que impactaran el medio ambiente. En una audiencia, la sociedad tiene la oportunidad de hacer oír sus observaciones acerca de proyectos de infraestructura como la ruta 30. Con una adecuada visión, la “Evaluación de Impacto Ambiental” (EIA en adelante), fue puesta a disposición de la sociedad.

La legislación ambiental que se aplica en Tierra del Fuego, en lo relativo a la administración ambiental de grandes obras de infraestructura, incluye tres leyes que contemplan la necesidad de evaluar y mitigar el impacto producido por actividades humanas en los valores naturales y culturales. En efecto, las  leyes provinciales 55 y 370, y la ley Nacional 24585 (incorporada en el Código Minero) conforman, en su conjunto, legislación sobre la política ambiental a aplicar en la provincia en lo relativo a la obra del “Corredor del Beagle”. Esas Leyes fueron sancionadas en jurisdicciones y momentos diferentes pero, en su conjunto, conforman una progresiva adopción de comportamientos precautorios acerca de las consecuencias de actividades humanas sobre los valores naturales y culturales de la provincia. En consecuencia, al analizar los impactos de una obra como el “Corredor del Beagle”, estos impactos deben analizarse tanto sobre los componentes naturales como sobre los componentes culturales.

Si bien aprobar la EIA cumpliría con el “trámite administrativo” requerido por la Ley 55, esta EIA no considera los impactos y mitigaciones de la obra tanto sobre los componentes culturales como los emanados de las actividades mineras asociadas a la obra. Independientemente que las normativas dividan el tratamiento de los impactos en términos administrativos, las consecuencias de la intervención no pueden aislarse y considerase por separado. En este contexto, la audiencia pública convocada para diciembre de 2018 en el marco de la ley 55, debe incluir en su tratamiento todos los impactos mencionados, no limitarse a analizar esta EIA. De otro modo, se tomaría una decisión ajustada a la legislación pero de legitimidad ambiental incompleta.

Por otro lado, una Evaluación de impacto Ambiental debe analizar un proyecto concreto, no una “idea” o, como en el caso de la ruta 30 tal cual lo conocemos hoy, una traza “tentativa”. En diversas secciones de la EIA, especialmente en el denominado Tramo 3 que va de Estancia Moat a Cabo San Pío, vemos que se hace referencia a una traza tentativa. Esa traza deberá ser corregida si durante la apertura se hallaran restos arqueológicos, lo que podría - en base a las previsiones de la Ley 370 -  paralizar la obra. Eso llevaría a costos adicionales no solo por la necesidad de conservar el patrimonio cultural mediante intervenciones, sino  además por redeterminaciones de precios, extensiones de plazos y hasta vías judiciales. En consecuencia, no se puede considerar una EIA basada en una “idea” de traza, traza que sería modificada posteriormente en base a criterios, ya sea arqueológicos o ambientales (por ejemplo hidrológicos en base a la presencia de turberas). Avanzar en esta vía nos pone como sociedad en el riesgo adicional de tener que pagar más por la obra, al margen de las consecuencias sobre el patrimonio natural y/o cultural.

La EIA no considera el carácter único e irrepetible del ambiente costero del Canal Beagle. Este ambiente es único en el territorio nacional, de modo tal que su desarrollo debe involucrar un cuidado extremo de los valores naturales y culturales que conforman uno de los sellos distintivos de los paisajes fueguinos. La correcta planificación del diseño de la traza, reservaría una franja costera si intervención, para asegurar la continuidad de los procesos ecológicos que suceden en la interfaz entre el ambiente marino y terrestre en la zona costera. Avanzar en el desarrollo de la obra en los términos propuestos, generará situaciones análogas a las observadas hoy en día en el denominado Tramo 1, donde la ruta afectó irremediablemente sectores costeros que podrían haber sido preservados simplemente corriendo la traza unos 100m o 200 m tierra adentro cuando fuera posible.

En lo relativo al impacto sobre la vegetación, la EIA omite considerar previsiones para conservar a tres especies de árboles de distribución actual muy restringida en el Canal Beagle, que se ubican en pocas localizaciones y que tienen en consecuencia muy alto valor de conservación. Se trata del canelo, el notro o ciruelillo y la leñadura. Las referencias a estas especies son muy escasas, limitadas al intento de replantar individuos de canelo. No se ha incluido un inventario de zonas con concentración de estas especies, ni previsiones para evitar esas zonas en las nuevas trazas.

En la sección donde la EIA refiere a los “servicios ecosistémicos de apoyo”, se omiten referencias a la afectación del hábitat costero, en zonas donde la ruta intervendría los primeros metros de costa desde la línea de marea alta. Existen varios estudios e informes de nuestro grupo de trabajo, realizados a lo largo de más de 25 años, pero omitidos en la EIA, que mencionan la importancia de la costa del Canal Beagle para componentes únicos de la fauna fueguina de aves y mamíferos y que requieren del ambiente costero para su supervivencia y reproducción, dado que viven restringidos a la franja costera, tanto en la tierra como en el mar. Como ejemplo, citamos al cauquén caranca, el pato vapor no volador y el huillín[1].

En particular, Valenzuela y otros sugieren en su estudio publicado en Biological Invasions, que la conservación del huillín en el ambiente costero del Canal Beagle afectaría a la presencia del visón, especie exótica de alto impacto en la fauna nativa. De ese modo, estimular la recolonización del huillín en las costas el Canal Beagle, conservando o mejorando los hábitats costeros que requiere la especie, sería una medida de manejo adecuada para reducir el impacto del visón. Entonces, el diseño de nuevas trazas para el Corredor del Beagle debería conservar una franja intacta de hábitat terrestre costero desde la línea de marea alta, a  fin de asegurar, en general, la continuidad de los procesos ecológicos que suceden en la franja costera y, en particular, la conservación de las especies de aves y mamíferos que presentan su distribución restringida al ambiente costero.

Ya que nos referimos a las especies exóticas, le EIA no indica previsiones acerca del comportamiento mandatorio de las personas que trabajarían en la obra, en relación a la prohibición de que los trabajadores ingresen mascotas a las zonas de trabajo y vivienda. La incorporación de perros y gatos a obradores y gamelas, que parece ser una norma en estas situaciones,  representa una manera tradicional de introducir especies exóticas al medio natural, cuyos efectos, ampliamente conocidos, son devastadores en la fauna nativa.

En esta dirección la EIA afirma que los impactos sobre diversos componentes, entre ellos la fauna, serán “todos “reversibles” con predominancia de “intensidades bajas y medias”, mayoritariamente de “extensión puntual o local”, con amplia predominancia en una “duración corta”, y un “desarrollo” entre “rápido y muy rápido”. Esta generalización omite considerar el impacto sobre la franja de hábitat terrestre costero ya comentado, cuyos impactos sobre las características del hábitat requerido por especies de hábitat restringido a la costa serán irreversibles.

En resumen, la EIA se presenta sobre un anteproyecto, por lo que no debería tomarse  como una Evaluación de Impacto Ambiental en los términos de la Ley 55 de la provincia, aunque puede considerarse como un insumo para el diseño de la ruta del Corredor Costero. En consecuencia, no debería ser utilizada como instrumento de la toma de decisiones para autorizar el inicio de la obra, sin un análisis conjunto del impacto arqueológico y de las actividades mineras. Además, y más específicamente, el diseño de la obra debería considerar la conservación de una franja costera del Canal Beagle, hábitat único de especies vegetales y animales y paisaje único en nuestro país.

Seguramente un mayor trabajo de campo y un relevamiento exhaustivo de la información previa existente para la zona habrían permitido dimensionar adecuadamente los impactos previstos para una obra como la ruta 30. Por otro lado, si el diseño del Corredor del Beagle hubiera involucrado a diferentes sectores de interés en el Canal Beagle, quienes habrían aportado su conocimiento y necesidades desde la idea misma, el gobierno provincial habría logrado un diseño de ruta con un criterio informado y con base en el mayor consenso posible. La presente situación se aleja bastante de este escenario, por más que se “cumplan” con trámites administrativos, defendibles desde la legalidad, pero con una legitimidad ambiental donde hay mucho para mejorar.

  

(*) Investigador Principal CONICET. Profesor Titular Universidad Nacional de Tierra del Fuego

 

 

[1] Liljesthrom, M., L. Fasola, Valenzuela, A.E.J., A. Raya Rey, y A. Schiavini. 2014. Nest Predators of Flightless Steamer-Ducks (Tachyeres pteneres) and Flying Steamer-Ducks (Tachyeres patachonicus). Waterbirds 37(2): 210-214.

Liljesthrom, M., A. Schiavini y A. Raya Rey. 2013. Kelp geese (Chloephaga hybrida) and Flightless steamer ducks (Tachyeres pteneres) in the Beagle Channel: the importance of islands in providing safe nesting habitat. Wilson Journal of Ornithology  125 (3): 583–591.

Valenzuela, A.E.J., A. Raya Rey, L. Fasola, R. Sánez Samaniego y A. Schiavini.  2013. Trophic ecology of a top predator colonizing the southern extreme of South America: Feeding habits of invasive American mink (Neovison visonin Tierra del Fuego. Mammalian Biology 78:104-110.

Valenzuela, A.E.J., A. Raya Rey, L. Fasola, A. Schiavini.  2013. Understanding the inter-specific dynamics of two co-existing predators in the Tierra del Fuego Archipelago: the native southern river otter and the exotic American mink. Biological Invasions 15: 645-656.

Raya Rey, A. y A.C.M. Schiavini. 2002. Distribution and Density of Kelp Geese and Flightless Steamer Ducks Along  the Beagle Channel, Tierra del Fuego, Argentina. Waterbirds 25(2): 225-229.

Schiavini, A.C.M y Raya Rey, A. 2001. Aves y mamíferos marinos en Tierra del Fuego. Estado de situación, interacción con actividades humanas y recomendaciones para su manejo. Informe preparado bajo contrato con el Proyecto Consolidación e Implementación del Plan de Manejo de la Zona Costera Patagónica, Proyecto ARG/97/G31 GEF/PNUD/MRECIC. 124 pp. Disponible en la Fundación Patagonia Natural, Marcos A. Zar 760 (9120) Puerto Madryn.

Schiavini A., M.E. Lizurume, E.  Frere, M.  Bertelotti, N. García  y A. Chizzini, 1994. Relevamiento aéreo otoñal  de la fauna superior costera de Tierra del Fuego. Informe inédito depositado en la Fundación Patagonia Natural.

NEWSLETTER

Suscríbase a nuestro boletín de noticias

OPINIÓN