lunes 29 de abril de 2024 - Edición Nº2350
Dar la palabra » Sociedad » 6 abr 2022

Polémica por una ordenanza en Ushuaia

Perros y gatos comunitarios: ¿Compasión o egoísmo? (Por Adrián Schiavini)

El perro o el gato doméstico es un invento humano. No puede haber ni perros ni gatos en la vía pública sin supervisión humana, por el bien de ellos, de nosotros y del ambiente. La compasión hacia los animales no se logra manteniéndolos sin hogar y sin dueño. Patear el problema para adelante no es una solución.


El Concejo Deliberante de Ushuaia sancionó la semana pasada por unanimidad una ordenanza que intenta atacar el problema de las "mascotas sueltas" o "animales domésticos" como los denomina (AD en adelante).

En sus fundamentos, dice que “animales domésticos como perros y gatos, no pueden ni deben volver a la naturaleza; porque ese ambiente natural adecuado para ellos no existe; porque gatos y perros son una nueva especie modificada por el humano que tampoco existe espontáneamente en la naturaleza; porque carecen de las habilidades necesarias para sobrevivir en la naturaleza, ya que fueron atravesados por la domesticación y en los casos excepcionales en que los animales domésticos pudieran sobrevivir en estado silvestre, representan un nuevo problema para ellos mismos, para los humanos y las actividades económicas, otros animales, el ambiente en general; como es el caso de las jaurías de "perros asilvestrados" en la zona rural”.

También los fundamentos abundan en los daños producidos por estos animales en la vía pública a las personas, a otros animales y a ellos mismos.

La ordenanza define al "cuidador/a": personas responsables de proveer al animal y de hacerse cargo de lo que haga. Avanza en consolidar cuestiones valiosas como el registro, la esterilización, las sanciones y la obligación del uso del bozal para perros en la calle.

Pero más adelante la ordenanza se contradice con estos argumentos y termina produciendo un efecto contrario a algunos de los argumentos que la fundamentan. En efecto, en las Disposiciones Complementarias y Transitorias se incluye la formalización del perro (o gato) comunitario.

Se establece que, por un año, todos los AD no registrados capturados en la vía pública serán castrados y devueltos al lugar donde fueron hallados. La continuidad de esta medida será evaluada según los avances del plan.

Define como "referente" a la persona humana o jurídica, que funcione como nexo entre el Municipio y el ADCC (Animal Doméstico de Cuidado Comunitario) sin tener las responsabilidades de un o una "cuidador" o "cuidadora".

Define al ADCC y a los AD sin domicilio ni cuidador/a registrado, que deambulan y viven en la vía pública y que son asistidos solidariamente por vecinos/as con quienes mantienen un vínculo estrecho, proveyéndoles alimentación, bebida y, en algunos casos hasta atención veterinaria y caniles.

Los ADCC solo serán capturados y puestos a resguardo cuando representen un riesgo para la salud pública, agresividad, riesgo de mordeduras u otras lesiones para la comunidad, grave deterioro de su salud.

De lo contrario permanecerán en la vía pública y se aguardará de manera paciente y compasiva· a que se extingan.

De la contradicción entre los fundamentos y la ordenanza me surgen varias preguntas:

¿Es compasivo que un ADCC viva en la calle, con todos los riesgos de ser atropellado, comer basura y/o pelearse con otros perros?

¿Es compasivo para con el resto de la fauna que el ADCC viva libremente acosando, atacando y dañando a la fauna nativa?

¿Es compasivo para con los seres humanos que las plazas y calles estén tapizadas por las defecaciones y orina de los ADCC, poniendo en riesgo nuestra salud?

¿Es compasivo para con los seres humanos someterse al riesgo de ser mordidos por los ADCC?

¿Estamos pensando en privilegiar la ideología de los derechos de los animales, porque el ADCC tiene derecho a vivir en la calle, y nosotros no tenemos derecho a impedir que ese ADCC viva su vida libre?

¿Somos conscientes de que, al decidir que ese ADCC viva en la calle estamos decidiendo sobre el derecho a vivir y/o a no enfermar de los demás animales afectados por ese perro de vida libre?

¿O acaso nuestro egoísmo nos impide ver más allá del placer de sentir que se “ayuda” al ADCC, con una compasión quizás nacida y limitada por la compasión ?

Si la/el referente no tiene las responsabilidades de la/el cuidador/a, ¿Quién es responsable de lo que haga el ADCC?

 

Yendo el punto de lo que se espera de la decisión:

Se propone capturar, esterilizar y devolver a los perros o gatos comunitarios durante un año. Además “la continuidad de esta medida será evaluada según los avances del plan”.

Surgen también varias preguntas:

¿Sobre qué base de información se comienza a hacer esto?

¿Cuántos ADCC hay?

¿Cuánto se espera hacer en un año?

¿Porqué un año?

¿Cómo se va a evaluar el “éxito” de esta medida?

¿Qué pasa si la medida no es exitosa?

¿Alguien piensa que se podría retroceder en la figura del ADCC? o dicho de otro modo,

¿qué debería pasar para que esta medida sea desestimada en el futuro?

 

El perro o el gato doméstico es un invento humano. No puede haber ni perros ni gatos en la vía pública sin supervisión humana, por el bien de ellos, de nosotros y del ambiente. La compasión hacia los animales no se logra manteniéndolos sin hogar y sin dueño. Patear el problema para adelante no es una solución.

 

(*) Biólogo. Investigador Principal del Cadic/Conicet

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